Mostrando entradas con la etiqueta Análisis de la Ley de Minería. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Análisis de la Ley de Minería. Mostrar todas las entradas

martes, 28 de octubre de 2014

Observaciones y demandas de las comunidades afectadas por la minería

Encuentro Taller Caquingora, octubre 2014

En fecha 23 y 24 de octubre del año en curso, líderes y representantes de comunidades afectadas por la minería de Oruro, La Paz y Potosí se reunieron en un Encuentro Taller en la localidad de Corocoro provincia Pacajes de La Paz. Después de una visita a varios lugares del Centro Minero de Corocoro y el taller realizado en la Marka Caquingora, y en base a un análisis y debate colectivo sobre la problemática minera – ambiental, se lograron las siguientes conclusiones:

Contaminación. En las visitas realizadas hemos evidenciado la contaminación del agua, suelo y aire generada por los operadores mineros. Se ha visto cómo la vida de las comunidades, su educación, el medio ambiente, el empleo, el trabajo,  han sido afectados a tal punto que estás necesidades básicas no se garantizan sino que por el contrario se acaban y dejan de ser reconocidos como derechos. De igual manera, su cultura, su cosmovisión y su desarrollo están reducidos. Hoy en muchos de estos lugares solo quedan pasivos ambientales y aguas acidas, que amenazan la seguridad y soberanía alimentaria y la salud de los y las comunarias de la zona.

Agua. Sin agua nos hay vida; sin agua no hay desarrollo para las comunidades. El agua vale más que el oro. No se puede permitir el uso irracional del agua por parte de las empresas mineras. El agua cada vez más está siendo amenazada y está siendo escasa, por eso se debe proteger y hacer un uso adecuado y un control permanente. Las empresas  que contaminan el agua deben ser sancionadas con pena de privación de libertad y reparación de daños civiles.

Pobreza. Año que pasa, las comunidades afectadas por la minería están sumergido en una pobreza alarmante. La contaminación generada en dichas comunidades no permite un desarrollo integral, la agricultura y ganadería están  amenazadas  por los niveles altos de contaminación por metales pesados.

Desempleo. Cada vez más los miembros de las comunidades afectadas engrosan las filas de desempleo. La actividad minera no es generador de fuente de trabajo sostenible. Los comunarios tienen que salir de sus comunidades para buscar trabajo, y en todo este proceso hay muchas familias que han sufrido impactos negativos sociales, culturales y económicos.

Marginalidad. Las comunidades cada vez más se sienten discriminadas, por las autoridades locales, departamentales y nacionales. Cuando plantean proyectos de desarrollo para las comunidades, estas no se viabilizan porque sus aguas y suelos están contaminados y son las mismas autoridades  que rechazan estos proyectos. Ni desde el gobierno, ni desde las empresas mineras se plantea proyectos de remediación y mitigación, por tanto las comunidades viven en una marginalidad completa. 

Migración. Cada vez más los comunarios y comunarias engrosan las filas de la migración. En las comunidades están quedándose personas de la tercera edad. Los  jóvenes ya no tienen la posibilidad de quedarse, ya no es posible un futuro sostenible para los niños y jóvenes, por la gran contaminación ambiental. Por eso, muchos hermanos y hermanas están fuera de nuestro país trabajando en condiciones de precariedad y falta de seguridad laboral.

Bajo nivel de industrialización. Oruro, La Paz y Potosí, son regiones con bajos niveles de industrialización. Nuestros minerales en bruto salen afuera y casi nada se industrializa. Por eso el nivel de pobreza es cada vez más es crítico. En otrora estos departamentos eran el motor de desarrollo del país e inclusive de muchos otros países.

Ley de Medio Ambiente. La actual Ley de Medio Ambiente N° 1333 ni tiene una visión integral para remediar y mitigar la contaminación ambiental, sus acciones de aplicación se reducen a establecer los límites permisibles de contaminación, sin tomar en cuenta las consecuencias sociales de las comunidades afectadas.

Remediación. Las empresas mineras consideran que las acciones de remediación y mitigación constituyen gastos adicionales, cuando estos trabajos deberían ser una obligación. Estos gastos deben ser considerados como una inversión pensando en el vivir bien de las futuras generaciones.

Ley de Minería y Metalurgia. Esta ley vulnera los derechos fundamentales y colectivos de las Naciones Pueblos Indígenas Originarios; vulnera la Constitución Política del Estado; contradice  la Ley de la Madre Tierra y a la Ley del Medio Ambiente, no respeta las normas internacionales como es el Convenio 169 de la O. I. T. y la Declaración de las Naciones Unidas, por consiguiente los derechos de las Naciones Pueblos Indígenas Originarios, como el autogobierno y autodeterminación no se respetan.

DEMANDAS:

Las organizaciones sociales de las Naciones Pueblos Indígenas, debemos pronunciarnos contra la Ley de Minería y Metalurgia, exigiendo la modificación de la  misma, por ser contradictorio a la Constitución Política del Estado y a las Leyes de la Madre Tierra y Medio Ambiente.

De igual manera las comunidades, Ayllus y Markas de todos los Suyus, debemos analizar y plantear la abrogación de la Ley de Avasallamiento por ser una norma atentatoria contra los intereses de los Pueblos Indígenas Originarios y Campesinos, la misma que nos despoja del derecho a la autodeterminación y autogobierno establecidos en la Constitución Política del Estado,  Convenio 169 de la O. I. T. y Declaración de las Naciones Unidas.

Frente a los problemas agroambientales, pedimos a la Asamblea Legislativa del Estado Plurinacional, impulsar la inmediata prosecución con el tratamiento de la Ley de Procedimiento Agroambiental, que determine competencias y tipifique delitos agroambientales a efecto de que no queden impunes los delitos ambientales.

De manera inmediata la Asamblea Legislativa debe aprobar el Proyecto de  Ley Marco de Aguas que regule el uso y administración equitativa  del recurso hídrico, usos y costumbres de las comunidades, respetando el autogobierno y autodeterminación de la Naciones, Pueblos Indígenas Originarios, en el marco de la Constitución Política del Estado.

En caso de no priorizarse estas demandas, las Naciones Pueblos Indígenas Originarios, nos vemos  obligados a iniciar un proceso internacional, hasta lograr que los derechos de las Naciones Pueblos Indígenas Originarios se respeten sin discriminación alguna.
 Marka Caquingora, 24 octubre de 2014  
Firman:
  • Representantes de la Coordinadora Nacional de Afectados por la Minería y la Protección de Medio Ambiente (CONAMPROMA)
  • Representantes de la Coordinadora de Defensa del Medio Ambiente Potosí (CODEMAP)
  • Representantes de la Coordinadora en Defensa del Río Desaguadero, Lagos Uru-Uru y Poopó (CORIDUP)
  • Representantes de la Central Regional de Corocoro
  • Representantes de la Comunidad de Caquingora
  • Representantes de la Comunidad de Quelquiri
  • Representantes de comunidades afectadas de Pazña Oruro
  • Representantes del Ayllu Pacajes La Paz
  • Representantes de la Asociación de Quinua Caquingora
  • Representantes de la comunidad Alantañita Karavi Oruro
  • Representante de la comunidad Sora Chico, Kochi Piacala, Kochi Iswaya Pampa Oruro
  • Representante de comunidades afectadas de Coro-Coro La paz.
  • Representante del Ayllu Calari Provincia Pacajes La Paz.

lunes, 9 de junio de 2014

Minería para el siglo XXI


La producción minera en nuestro país ha sido normada por un Código de Minería favorable a las empresas transnacionales, siendo nuestro país víctima del sistema capitalista y extractivista. Bolivia, siendo un país pobre y subdesarrollado, no cuenta con políticas claras para la correcta administración de los recursos naturales no renovables. Después de casi 500 años de explotación irracional no vemos beneficios perceptibles para el país y menos todavía para las comunidades afectadas por la explotación minera.

Con antecedentes de esta índole y los últimos hechos suscitados durante el mes de abril con un saldo de dos cooperativistas fallecidos, el 3 de junio se abrió un espacio de reflexión sobre minería, en ambientes del colegio San Francisco, con la participación de representantes de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos, CORIDUP, CEPA, CISEP, AMERINDIA Oruro, Justicia y Paz del Movimiento Franciscano, Radio Pio XII y otros. La exposición estuvo a cargo del Ing. Héctor Córdova, ex director de COMIBOL, en este espacio de reflexión se puntualizó lo siguiente:

Una ley elaborada a la medida y talla del Código de Minería.
La elaboración de una Ley de Minería, que defienda y responda a los intereses de la sociedad, tanto en materia económica como ambiental, es una utopía en el cual navegan las organizaciones sociales afectadas por esta actividad. Lamentablemente las pequeñas modificaciones realizadas en la nueva Ley de Minería no cubren los malestares planteados por las organizaciones sociales. No se percibe un avance en relación a las consecuencias de la explotación y exportación de nuestras materias primas.

Minería con mirada hacia el siglo XXI.
Una nueva visión para la construcción de una Ley de  Minería debería ser el resultado de la participación colectiva de todos los actores relacionados con esta actividad, ya sea de los operadores mineros como de los afectados por la contaminación ambiental.

Por una parte, se debe reconocer que la exportación de concentrados no trae beneficios económicos para nuestro país, ya que “Bolivia pierde aproximadamente mil millones de dólares al año por la exportación de minerales no registrados oficialmente.” (Fuente Ministerio de Minería y Metalurgia, Anuario Estadístico 2006 y 2010)

Además, por otra parte, si nuestro país produciría metales con valor agregado, tendríamos mayores ganancias de lo que recibimos actualmente. Si queremos plantear una nueva Ley de Minería, deberíamos pensar  con esta visión:  priorizar la explotación de aquellos minerales que puedan ser fáciles para la industrialización en nuestro país y que nos facilitan la competencia con otros países, detentores de las industrias mundiales.

¿Sobre qué pilares debe fundamentarse esta minería?
Un proceso de esta magnitud no puede implantarse de la noche a la mañana; necesita fundamentarse para poder guiarnos a un modelo de total aprovechamiento de la explotación de minerales. Por lo tanto se debe plantear los siguientes aspectos para consolidar esta visión. Es fundamental el recurso humano. Las universidades deben jugar un papel importantísimo para capacitar a la gente que encare este tipo de procesos. Las investigaciones deben desarrollar tecnologías apropiadas para la industrialización de nuestros minerales. Se debe poder contar con capital de riesgo. La minería corre muchos riesgos por la fluctuación de los precios y por la incertidumbre de encontrar o no un yacimiento. Se sugirió que la que coloque ese capital de riesgo, podría ser la empresa privada, mientras que el Estado debería estar a cargo de la parte operativa y la industrialización de los minerales.

¿Cómo se debería hacer conocer esta nueva visión?
Los temas abordados dentro de esta amplia reflexión, no pueden quedarse lejanos a la sociedad. Se plantea que las socializaciones sean un punto de partida para que la opinión pública pueda hacer frente a las aberraciones que dictamina la nueva Ley de Minería, promulgada recientemente.

Al conocer la información económica cruda de las pocas ganancias que quedan en nuestro país, se puede despertar la conciencia de muchos sectores. Cuando vemos lo que estamos perdiendo, podemos llegar a decir: ¡¡¡Basta!!!. ¿Qué está pasando?

Nos toca actuar y reclamar por nuestros derechos, ya que los recursos naturales y sus ganancias son de todas y todos las bolivianos.

Neyza Victoria Huanca

martes, 5 de noviembre de 2013

Régimen de Derechos y Régimen Tributario.


Líderes y representantes de las comunidades afectadas por la contaminación minera cuestionan el proyecto de ley minera (Tercera parte)

En el marco del encuentro de la Escuela de Lideres Ambientales, realizado en la ciudad de Oruro del 10 al 12 octubre, líderes de las organizaciones sociales urbanas y rurales de las regiones mineras de Oruro, La Paz, Cochabamba, Potosí y Chuquisaca, se reunieron en un 1° encuentro para analizar la política y el proyecto de la Ley de Minería (versión de julio del 2013). Después de un análisis colectivo se arribaron a las siguientes conclusiones:

Sobre régimen de derechos:
  • Se hace notar que la CPE no reconoce como empresas mixtas a los actores mineros. Sin embargo, figura como tal en el proyecto. Se solicita saber con qué finalidad y bajo qué norma se incluye.
  • Creemos que en la actualidad la economía en minería beneficia totalmente al operador privado transnacional y cooperativo. Este proyecto es considerado negativo porque formaliza la autorización de remisión de las utilidades de la producción minera a las casas matrices en el exterior. Proponemos que un porcentaje de estas utilidades sean reinvertidas en el país, muy aparte de los tributos que están designados por ley.
  • Consideramos que este proyecto permite especular con los recursos naturales del país en las bolsas de valores extranjeras, permitiendo así el juego mercantilista de las grandes corporaciones. Este es el nudo de dependencia a las fluctuaciones del mercado y no implica un régimen de planificación y desarrollo progresista y también es anti constitucional. Creemos que la política minera debe rediseñarse a partir de la protección de nuestra producción y generación de industria. No podemos entrar en la cancha de las grandes –o pequeñas- corporaciones que se dedican al engorde en base a la especulación de nuestros recursos naturales.
  • La ley señala que solo una autoridad judicial puede paralizar una operación, sabiendo que el tribunal agroambiental y otras instancias no pueden solucionar los problemas de las comunidades afectadas. El estado, de oficio, debería intervenir,  preservando la integridad de las personas y el territorio.
  • Creemos que la ley minera desplaza otros derechos y se sobrepone a los mismos, dando preferencia al operador minero e imponiendo, con ayuda del estado, su control de la superficie, exista o no acuerdo entre partes. De este derecho minero difícilmente gozaría el comunario, menos aún del poder de explotar los minerales de su territorio.
  • Creemos que tiene que regularse el trabajo cooperativo, evitando el patronaje de los socios y dirigentes cooperativistas que excusándose en su naturaleza social, proporcionan las peores condiciones de trabajo a sus peones asalariados, sin seguridad social y menos industrial. Debe, pero si exigir fiscalizarse para que, como dice este proyecto solo los socios de las cooperativas mineras realicen el trabajo minero en igualdad de condiciones y se descubra a los empresarios ocultos detrás de este importante actor social.
  • Creemos que todas las formas de entrega de nuestros recursos naturales, en este caso el derecho minero, tienen la obligación de contar con la licencia ambiental como requisito fundamental para poder gozar de este beneficio otorgado por el Estado.
  • Esta ley consolida la forma de negociación de los recursos naturales sucedidos en épocas pasadas, es decir: la negociación de nuestros yacimientos mineros a espaldas del Estado entre privados, su venta, especulación, acumulación y otros que este proyecto acepta y sacramenta. Creemos que no es posible realizar un borrón y cuenta nueva, pero sí, es justo en este marco del estado plurinacional, conocer los términos y la totalidad de estos contratos calificados incluso por autoridades mineras como “leoninos”. Solicitamos hacer públicos los contratos realizados por las empresas privadas, las cooperativas y el estado, que han configurado la desordenada realidad minera nacional.

Sobre el régimen tributario:
  • Creemos que es un retroceso mantener como bases de cálculo la regalía minera, dado que pone un “techo” al pago de los operadores y no considera para nada épocas de bonanza de precios, creando un espacio de pérdida de capital que podría ser directamente aprovechado por el Estado.
  • La forma de distribución de la regalía minera (80% gobernación, 15% municipio y 5% TGN) no garantiza de ninguna forma beneficios a las poblaciones afectadas, dado que esto se diluye en el  gasto publico común. Proponemos que parte de las regalías se garanticen si o si en proyectos productivos para las comunidades afectadas.
  • La norma posibilita la acreditación a regalía minera en base a cotizaciones irreales, en el sentido de que la empresa podrá siempre acreditar a RM teniendo el techo anteriormente mencionado y que no busca un beneficio real para el estado. Estos valores excepcionales de acreditación permitirían solamente pagar los tributos mineros en tiempos poco comunes, es decir: existen más incentivos para las empresas y menos beneficio para el país.
  • La normativa contiene un régimen particular para las cooperativas, las cuales se benefician con el no pago de impuestos, siendo en la actualidad el principal actor minero.
Oruro, octubre de 2013
  • Coordinadora Nacional de Afectados por la Minería y la Protección de Medio Ambiente CONAMPROMA.
  • Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu CONAMAQ.
  • Coordinadora en Defensa del Río Desaguadero, Lagos Uru-Uru y Poopó CORIDUP.
  • Comunidades de la subcuenca Desaguadero.
  • Comunidades de la subcuenca Huanuni.
  • Comunidades de la subcuenca Poopó.
  • Comunidades de la subcuenca de Antequera Pazña.
  • Promotores Ambientales Derechos Indígenas Originarios PADIOS – Potosí.
  • Eco Mujeres – Oruro.
  • Escuela de Líderes Ambientales ELA – Oruro.
  • Nación Originaria Jatun Quillacas.
  • Coordinadora Departamental para el Cambio CODELCAN – Chuquisaca.
  • Comunidad la Mendoza – Chuquisaca.
  • Comunidades de Saucari  - Oruro.
  • Centro de Ecología y Pueblos Andinos CEPA – Oruro.
  • Asociación Nayra Pacha ANAPA – Oruro.
  • Nación Originaria Suyu Jach’a Carangas.
  • Subcentral Villa Ancocota Provincia Inquisivi - La Paz.
  • Comunidad de Calari Provincia Pacajes La Paz.

Agua y Consulta (Análisis de la Ley Minera)



Líderes y representantes de las comunidades afectadas por la contaminación minera cuestionan el proyecto de ley minera. (Segunda parte)

En el marco del encuentro de la Escuela de Lideres Ambientales, realizado en la ciudad de Oruro del 10 al 12 octubre, líderes de las organizaciones sociales urbanas y rurales de las regiones mineras de Oruro, La Paz, Cochabamba, Potosí y Chuquisaca, se reunieron en un 1° encuentro para analizar la política y el proyecto de la Ley de Minería (versión de julio del 2013). Después de un análisis colectivo se arribaron a las siguientes conclusiones:

Sobre el agua:

  • El proyecto de ley apunta y promueve la privatización del agua a favor de las empresas mineras, otorga derechos legales de uso y aprovechamiento indiscriminado del agua y por consecuencia aumentará la contaminación. Por tanto se debe priorizar y garantizar el agua para las comunidades y centros urbanos.
  • Toda actividad minera que utilice las aguas superficiales y subterráneas debe asumir un arancel, según los volúmenes que utilizan. Además las empresas mineras deben reponer el agua que están utilizando para las comunidades, como también  implementar plantas de tratamiento de sus aguas residuales, para que las mismas sean reutilizadas.
  • Exigimos al gobierno central la pronta aprobación del proyecto de Ley Marco de "Agua para la Vida", trabajada y consensuada por las organizaciones sociales urbanas y rurales, antes de la aprobación de la Ley de Minería.
  • Las actividades mineras solamente deben usar agua que no es apta para el consumo, riego y biodiversidad, reutilizándola para evitar la sobreexplotación de este vital recurso.
  • Debe crearse un organismo multisectorial y descentralizado para el control y fiscalización del agua, con participación de las organizaciones sociales urbanas y rurales y pueblos indígenas originarios, con el apoyo de las universidades en el aspecto técnico.
  • Los titulares de derechos mineros tienen que consultar previamente a las comunidades afectadas por la utilización de las aguas superficiales y subterráneas.
  • Exigir la implementación de normativas que regulen  la utilización de reactivos químicos en actividades mineras y de esta forma minimizar los impactos ambientales.

Sobre la consulta:

  • Tal como está planteado en el anteproyecto de la Ley de Minería, la consulta simplemente se resume a un proceso de concertación para llegar a acuerdos. Desde esa perspectiva la propuesta de Ley va en contra de la Constitución Política del Estado, el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas Originarios.
  • Por tanto exigimos que, en el anteproyecto de la Ley de Minería, la consulta debe ser vinculante, obligatoria, previa, libre y con consentimiento en el marco de la CPE, el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas Originarios. En el proyecto de la ley minera, la consulta es una imposición y solo formalismo.
  • La consulta previa, libre, informada y con consentimiento, debe aplicarse también para los proyectos de prospección y exploración minera. En estas fases también existen impactos ambientales, por lo que no se debe excluir la consulta, mas al contrario el estado debería velar la salud de la madre tierra.
  • La consulta debe contemplar el consenso sobre información, compensación, remediación e indemnización; además este proceso no debe tener fechas fatales. El estado debe velar por el interés de las comunidades y la población boliviana, no debe estar al servicio de las transnacionales.
  • En la actualidad el gobierno de turno está aprobando leyes y decretos, como es el caso de la Ley de Avasallamiento  Minero N° 367, que limitan el ejercicio pleno del autogobierno y autodeterminación establecidos en la C. P. E. en sus Art. 2 y art. 30 núm. 15. Por tanto exigimos al gobierno el respeto pleno de los derechos de los Pueblos Indígenas, Originarios  y Campesinos, reconocidos por la CPE y los convenios y tratados internacionales.


Oruro, octubre de 2013
  • Coordinadora Nacional de Afectados por la Minería y la Protección de Medio Ambiente CONAMPROMA.
  • Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu CONAMAQ.
  • Coordinadora en Defensa del Río Desaguadero, Lagos Uru-Uru y Poopó CORIDUP.
  • Comunidades de la subcuenca Desaguadero.
  • Comunidades de la subcuenca Huanuni.
  • Comunidades de la subcuenca Poopó.
  • Comunidades de la subcuenca de Antequera Pazña.
  • Promotores Ambientales Derechos Indígenas Originarios PADIOS – Potosí.
  • Eco Mujeres – Oruro.
  • Escuela de Líderes Ambientales ELA – Oruro.
  • Nación Originaria Jatun Quillacas.
  • Coordinadora Departamental para el Cambio CODELCAN – Chuquisaca.
  • Comunidad la Mendoza – Chuquisaca.
  • Comunidades de Saucari  - Oruro.
  • Centro de Ecología y Pueblos Andinos CEPA – Oruro.
  • Asociación Nayra Pacha ANAPA – Oruro.
  • Nación Originaria Suyu Jach’a Carangas.
  • Subcentral Villa Ancocota Provincia Inquisivi - La Paz.
  • Comunidad de Calari Provincia Pacajes La Paz.

Comunidades afectadas y la Ley Minera



Líderes y representantes de las comunidades afectadas por la contaminación minera cuestionan el proyecto de ley minera que está siendo trabajada por el gobierno y actores mineros. (primera parte)

En el marco del encuentro de la Escuela de Lideres Ambientales, realizado en la ciudad de Oruro del 10 al 12 octubre, líderes de las organizaciones sociales urbanas y rurales de las regiones mineras de Oruro, La Paz, Cochabamba, Potosí y Chuquisaca, se reunieron en un 1° encuentro para analizar la política y el proyecto de la Ley de Minería (versión de julio del 2013). Después de un análisis colectivo se arribaron a las siguientes conclusiones: 

Sobre el proyecto de ley minera en general:
  • El proyecto de Ley de Minería, tal como se lo plantea profundizará el saqueo de los minerales a favor de las cooperativas mineras y las empresas transnacionales. No beneficia a las organizaciones sociales, pueblos indígenas originarios y a la población boliviana en general. Parece ser solo la imposición solo de algunos sectores.
  • El proyecto de Ley de Minería, tal como está planteado, otorga más garantías y derechos a las cooperativas y empresas privadas, y en contraposición deslinda muchas responsabilidades. En lugar de dar garantías a los bolivianos el Estado reduce su rol y promueve las actividades extractivas.
  • Este proyecto de ley refleja la profundización del modelo neoliberal minero, con nuevos actores como son las cooperativas mineras.
  • El proyecto de Ley de Minería no apunta a fortalecer a la empresa estatal COMIBOL. Su accionar se reduce básicamente a firmar contratos de asociación y a entregar más concesiones a las cooperativas mineras. Por tanto  la COMIBOL, está destinada a ser un actor pasivo y condenada a muerte.
  • El proyecto de ley apunta a reducir las regalías mineras e impuestos para el sector. Las cooperativas mineras solo pagarán las regalías (porcentaje mínimo) y están exentas de otros pagos. Por tanto la participación de este sector en el Producto Interno Bruto se reduce, pero sus impactos socioambientales serán mayores.
  • El proyecto de ley apunta a la sobreposición de los derechos mineros sobre los derechos a la propiedad agraria y TCOs.
Sobre el medio ambiente:
  • En la propuesta de ley minera, se plantea que el Ministerio de Minería y Metalurgia sea la autoridad ambiental competente y como tal queda encargado del control, seguimiento, fiscalización de la gestión ambiental, además tiene la potestad de otorgar las licencias ambientales a las empresas mineras.
  • Ante esta situación, exigimos que la futura Ley de Minería, respete la institucionalidad en la gestión ambiental. El Ministerio de Medio Ambiente y Agua tiene que mantenerse como autoridad ambiental competente, además tiene que ser la única entidad encargada de otorgar la licencia ambiental en todos los niveles. Pedimos al gobierno fortalecer la institucionalidad sectorial de agua, áreas protegidas y medio ambiente, para que se garantice una gestión ambiental imparcial.
  • Los operadores mineros que contaminen y/o produzcan daño medioambiental deben tener sanciones de tipo civil y penal, en el marco de la CPE.
  • Se debe incorporar en el proyecto de Ley de Minería la imprescriptibilidad de las acciones administrativas e infracciones, no solamente de los delitos ambientales.
  • Titulares de derechos y operadores deben hacerse responsables de prevenir, controlar, reducir, mitigar, remediar, resarcir y reparar los daños ambientales, en el marco de la CPE.
  • En el presente proyecto de ley el manejo de los pasivos ambientales es superficial. Por lo que proponemos que la misma debe basarse estrictamente de acuerdo a la CPE art. 33 y 347 respecto a la responsabilidad y acciones de gestión ambiental. Para evitar estos problemas en el futuro el estado a través de una norma debe exigir a los operadores mineros la presentación de una boleta de garantía para que cumpla con las medidas de cierre de las operaciones.
  • Se debe prohibir actividades mineras en áreas protegidas y en todas las cuencas que pudiera afectar las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras y otros. Exigimos a los gobiernos departamentales y nacionales planes de ordenamiento territorial con el fin de identificar las vocaciones productivas de las regiones.
  • Consideramos muy importante la adecuación y actualización del Reglamentación Ambiental del Sector Industrial Minero (RASIM), en función a los principios de la CPE.
Oruro, octubre de 2013
  • Coordinadora Nacional de Afectados por la Minería y la Protección de Medio Ambiente CONAMPROMA.
  • Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu CONAMAQ.
  • Coordinadora en Defensa del Río Desaguadero, Lagos Uru-Uru y Poopó CORIDUP.
  • Comunidades de la subcuenca Desaguadero.
  • Comunidades de la subcuenca Huanuni.
  • Comunidades de la subcuenca Poopó.
  • Comunidades de la subcuenca de Antequera Pazña.
  • Promotores Ambientales Derechos Indígenas Originarios PADIOS – Potosí.
  • Eco Mujeres – Oruro.
  • Escuela de Líderes Ambientales ELA – Oruro.
  • Nación Originaria Jatun Quillacas.
  • Coordinadora Departamental para el Cambio CODELCAN – Chuquisaca.
  • Comunidad la Mendoza – Chuquisaca.
  • Comunidades de Saucari  - Oruro.
  • Centro de Ecología y Pueblos Andinos CEPA – Oruro.
  • Asociación Nayra Pacha ANAPA – Oruro.
  • Nación Originaria Suyu Jach’a Carangas.
  • Subcentral Villa Ancocota Provincia Inquisivi - La Paz.
  • Comunidad de Calari Provincia Pacajes La Paz.